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Política de Seguridad Vial ​

POLÍTICA DE USO DE EQUIPOS BIDIRECCIONALES

TRANSCOLTUR S.A.S comprometida con la integridad física de los trabajadores y tomando en cuenta que una de las principales causas de accidentes de tránsito a nivel nacional, es el uso indebido de equipos móviles de comunicación bidireccional mientras se conduce, establece: 


  • El no uso de dispositivos móviles y/o electrónicos, en actividades de conducción; por consiguiente, prohíbe expresamente a los conductores de la empresa, el uso de dispositivos móviles (incluso si se cuenta con dispositivos de manos libres), computadores portátiles, avantel, tabletas y demás equipos electrónicos. 
  • Para poder recibir o realizar una llamada debe estacionar completamente el vehículo de manera apropiada y en un lugar seguro que no ponga en peligro su integridad física o de los pasajeros y de modo que no obstaculice el tránsito vial. 

 

PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE LA DISTRACCIÓN

 

POLÍTICA DE USO DEL CINTURÓN DE SEGURIDAD 

El conductor debe usar el cinturón de seguridad de forma obligatoria y permanente, mientras esté conduciendo. También debe asegurarse de mantener habilitados todos los cinturones de seguridad que posea el vehículo y deberá solicitar a los usuarios el uso del cinturón de seguridad dispuesto en su silla.

 

La no utilización de este dará lugar a llamados de atención y sanciones para lo cual la empresa realizará auditorias en ruta aleatorias, control de infracciones y quejas por esta causa.

 

PROGRAMA PARA LA PROTECCIÓN DE ACTORES VULNERABLES

 

POLÍTICA USO DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL

Todas las personas que conduzcan vehículos para los servicios de TRANSCOLTUR, deben contar con Elementos de Protección Personal establecidos en la matriz de EPP. La empresa ha definido técnicamente los elementos de protección personal para quienes tienen la tarea de conducir según el tipo de vehículo a operar y los riesgos a que estan expuestos. 

 

PROGRAMA PARA LA PROTECCIÓN DE ACTORES VULNERABLES



POLÍTICA DE REGULACIÓN DE HORAS DE CONDUCCIÓN Y DE DESCANSOS

Todos los conductores de TRANSCOLTUR S.A.S deben evitar conducir bajo condiciones de fatiga, el conductor debe tener presente el estado de la vía, las condiciones del entorno y del vehículo que conduce tanto como cumplir con el Código Nacional de Tránsito.

Así mismo, deberá abstenerse de: Conducir después de sesiones de trabajo continuo mayores a 10 horas, conducir cuando se sienta enfermo o bajo la influencia de medicamentos que puedan alterar su capacidad de reacción y conducir bajo condiciones de presión emocional que puedan afectar la atención o tiempos de reacción.

 

Para controlar las horas de conducción los conductores deben registrar (Apertura y Cierre) los servicios realizados durante el día en la plataforma designada por Transcoltur SAS. 

 

PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE LA FATIGA

 

POLÍTICA DE LÍMITES DE VELOCIDAD 

Teniendo en cuenta que la velocidad es uno de los factores que más ocasiona accidentes automovilísticos, la Gerencia de TRANSCOLTUR S.A.S se compromete a controlar los excesos de velocidad mediante el seguimiento por el Sistema de Posicionamiento Global (GPS) y sensibilizar a todos los conductores de la empresa, en todo lo concerniente a los límites de velocidad en las diferentes zonas por donde transita, y así minimizar el riesgo de ocurrencia de accidentes ocasionados por este factor. 

 

De acuerdo con las vías de las rutas a realizar el conductor deberá tener en cuenta lo siguiente: 

 

TIPO DE VÍA

Velocidad Máxima Permitida

(Km/hora)

Vehículos (Livianos/Pesados)

Zonas escolares, zonas pobladas en cercanías a las vías, zonas de intersecciones de vías, cruces de puentes, curvas y condiciones climáticas adversas

30

Vía pavimentada en área urbana

50

Vía pavimentada en Carretera

85

Vías destapadas o terciarias

30

Vías arteria principales en Bogotá

50

 

El conductor deberá ajustar la velocidad a las condiciones imperantes durante su viaje en el camino, tales como lluvia o escasa visibilidad, entre otras.

PROGRAMA DE GESTIÓN DE VELCIDAD SEGURA

 

POLÍTICA ALCOHOL Y SUSTANCIAS PSICOACTIVAS

Transcoltur se compromete a promover una cultura de no consumo de alcohol, tabaco y sustancias psicoactivas, realizando actividades de prevención encaminadas a concientizar a sus empleados respecto a las consecuencias que tienen para la salud y la seguridad.

Esta política se aplicará en todos los sitios de trabajo donde la empresa realice sus actividades y vehículos de la empresa; y será obligatoria para todos los empleados.

Está prohibido:

  • Poseer, promover o comercializar: bebidas alcohólicas, sustancias alucinógenas, drogas ilícitas, o el mal uso de sustancias psicotrópicas o químicas controladas, estando en cualquier sitio de trabajo de TRANSCOLTUR S.A.S. o al realizar cualquier operación en su representación
  • Presentarse al sitio de trabajo o conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas, sustancias alucinógenas, drogas ilícitas, sustancias Psicotrópicas.

TRANSCOLTUR S.A.S. Se reserva el derecho de exigirle a cualquier persona que realiza operaciones, que se someta a una prueba de laboratorio o revisar a a cualquier persona y su propiedad que entre a un sitio de trabajo de la misma. Estas pruebas e inspecciones también pueden ser realizadas por nuestros clientes o terceras compañías contratadas para este fin.

Cualquier Incumplimiento de esta política hará que la persona involucrada sea retirada del sitio de trabajo, y es motivo de la suspensión o cancelación del contrato de trabajo entre TRANSCOLTUR S.A.S. y el empleado.

 

PROGRAMA DE CERO TOLERANCIA A LA CONDUCCIÓN BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL Y SUSTANCIAS PSICOACTIVAS

 

Estas políticas aplican a todos los trabajadores y demás partes interesadas, es aprobada, documentada y publicada a los 01 días de mes de febrero de 2024.




WILMER DANIEL CHAVEZ HERNANDEZ

GERENTE GENERAL

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